Lineamientos editoriales aplicables a reportes técnicos que se postulen para su publicación en el volumen 4, año 2026

 

Fecha: 20 de octubre de 2025

Cuadernos Técnicos Universitarios de la DGTIC (CTUD) es una revista técnico-profesional, incluida en el Portal de revistas académicas y arbitradas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), que ofrece un espacio con arbitraje por pares en la modalidad doble ciego, donde especialistas revisan los trabajos propuestos por personal adscrito a Instituciones de Educación Superior (IES), dedicado a actividades relacionadas con la implementación de proyectos y servicios de Tecnologías de Información y Comunicación (TIC).

El objetivo de CTUD es favorecer la transferencia de conocimiento técnico especializado sobre proyectos y servicios de TIC en IES, al publicar reportes técnicos inéditos de personas autoras interesadas en compartir sus experiencias y demostrar su nivel de especialización, y detallar de manera ordenada y con enfoque metodológico, cuál fue su contribución específica individual en un proyecto o servicio de TIC que haya sido desarrollado, implementado o mejorado en una IES, en un período de dos años anterior a la fecha de postulación del reporte.

En CTUD, un reporte técnico es un documento expositivo que presenta información sobre aspectos particulares respecto de la contribución que cada persona autora hizo para obtener resultados del uso y aprovechamiento de las TIC en proyectos ejecutados o servicios prestados en Instituciones de Educación Superior, que contribuyen al cumplimiento de las funciones de la IES. En el reporte técnico se muestra el dominio y la aplicación de las prácticas de las áreas de especialización técnica de cada persona autora. 

Los reportes técnicos que se propongan a CTUD para su eventual publicación en el año 2026 deberán cumplir totalmente con:

  • Lo establecido en la invitación vigente para cada número,
  • los presentes lineamientos editoriales,
  • la plantilla para reportes técnicos, de fecha 20 de octubre de 2025 

Se recomienda hacer una lectura cuidadosa de todos los documentos que pueden ser consultados en esta plataforma.

Lineamientos editoriales generales

  1. 1. Sólo se publicarán reportes técnicos que muestren la aplicación de las TIC en la innovación, implementación o mejora de proyectos y servicios de TIC en Instituciones de Educación Superior (IES), en los que se presenten aspectos particulares asociados a los resultados de proyectos ejecutados y servicios prestados por el personal técnico adscrito a las IES, obtenidos en un período de dos años anterior a la fecha de postulación del reporte.  Se busca que cada persona autora demuestre el dominio y la aplicación de conceptos propios de las diferentes áreas de especialización técnica, desde su perspectiva, y que destaque la contribución específica individual realizada
    En cada reporte se deberá aclarar la temporalidad de la aportación descrita por cada persona autora; CTUD podrá solicitar evidencias complementarias para comprobar que se cumpla con este lineamiento.

  2. 2. Al menos una persona autora de cada reporte propuesto deberá estar adscrita a una IES y mantener esa calidad desde el registro del reporte  hasta la eventual publicación del trabajo.
    De manera excepcional y por indicaciones del Presidente del Comité Editorial de la DGTIC, CTUD podrá hacer invitaciones cerradas dirigidas a personal que haya colaborado en proyectos o servicios TIC de una IES, que no estén adscritos a una IES en la fecha de postulación de un reporte técnico.

  3. 3. Con la finalidad de contribuir en la transferencia de conocimiento y buenas prácticas en servicios y proyectos de TIC en IES, las áreas temáticas en las que se presenten los reportes técnicos pueden ser, de manera enunciativa mas no limitativa: computación, ingeniería del software, sistemas de información, tecnologías de información, telecomunicaciones, ciberseguridad, ciencia de datos y áreas afines; diseño e implementación de servicios estratégicos de TIC; desarrollo de soluciones de software a medida; iniciativas de mejora de procesos de TIC; gestión y operación de las telecomunicaciones; servicios técnicos para los programas de capacitación, formación y actualización en TIC; así como cualquier otra iniciativa, proyecto o servicio vinculado a los servicios y proyectos de TIC en una IES que haya sido implementado por las personas autoras.

  4. 4. En cada convocatoria sólo se aceptará una propuesta de reporte técnico por cada persona autora, siempre y cuando no tenga un proceso editorial en curso ante CTUD.

  5. 5.El uso de herramientas de inteligencia artificial será permitido solamente para la creación de imágenes para los manuscritos; de ninguna manera será aceptado su uso para crear el contenido escrito de los reportes técnicos. Los textos en los que se detecte el uso de IA serán descartados inmediatamente. Debido a las inexactitudes que aún existen en los detectores de IA, la revista no puede hacerse responsable por segmentos de textos o reportes técnicos creados con dicha herramienta y quedará bajo responsabilidad de las personas autoras cualquier tipo de falta en que se pudiera incurrir por el uso de IA.
    El uso de herramientas de inteligencia artificial no debe comprometer la originalidad del trabajo, y debe ser declarado de forma obligatoria en una nota al pie en la primera página. Es importante aclarar que, si bien el uso de las IAs está reservada únicamente a la generación de imágenes para ilustrar el contenido escrito, estas pueden ser el tema central del proyecto detallado en un reporte técnico.

    6. Los reportes técnicos que se propongan deberán seguir los presentes  lineamientos para su preparación y conformación siguiendo la plantilla correspondiente a la fecha 20 de octubre de 2025, disponible en el sitio web de la revista. 

  6. 7. Se solicita realizar el registro del manuscrito en el período que establezca cada convocatoria, a través de la plataforma disponible en cuadernos.tic.unam.mx. Invariablemente, el registro deberá acompañarse de la declaración de originalidad (en archivo PDF) firmada de manera electrónica por cada persona autora en el formato autorizado.
    Una vez realizado el registro, el manuscrito estará sujeto a una revisión preliminar para asegurar el cumplimiento de los presentes lineamientos editoriales. Posteriormente, el Consejo Editorial decidirá si el reporte continúa el proceso editorial o si es devuelto a la persona autora por no cumplir con los lineamientos editoriales.

  7. 8. Tras la revisión técnica preliminar, se podrá solicitar una carta aval del responsable institucional del proyecto o servicio TIC, que se aborde en el reporte técnico, donde se aclare la participación de las personas autoras tanto en la materia tratada en el reporte como en su elaboración.

  8. 9. Cuando un trabajo sea aceptado para publicación al obtener dos dictámenes favorables, cada persona autora deberá completar su registro enviando los siguientes documentos:
    *  Carta de transmisión de derechos, en el formato preparado por CTUD.
    *  Versión final del reporte a publicar con su firma en cada página.

  9. 10. Las personas autoras cuidarán especialmente la confidencialidad de los datos sensibles que puedan comprometer los servicios tecnológicos de las Instituciones de Educación Superior (IES). Por ello, deberán abstenerse de incluir en los reportes técnicos:
    a) Información técnica detallada sobre la infraestructura tecnológica, sistemas de seguridad, configuraciones específicas o cualquier otro dato que pueda ser utilizado para comprometer la integridad, funcionalidad o disponibilidad de los servicios tecnológicos de las IES.
    b) Información detallada de procesos relacionados con las operaciones, infraestructura tecnológica, sistemas de seguridad o cualquier otro dato que pueda ser utilizado para comprometer la integridad, funcionalidad o disponibilidad de los servicios tecnológicos de las IES.
    c) Contraseñas, claves de acceso, credenciales, rutas de red, direcciones IP sensibles  o cualquier otro identificador crítico asociado a los sistemas o a la infraestructura de cada IES.
    d) Detalles de vulnerabilidades identificadas, incluso si éstas han sido mitigadas, salvo que exista autorización expresa de la IES responsable.
    e) Información que pueda ser utilizada para reproducir ataques, vulnerabilidades o interferencias en los sistemas tecnológicos.
    f) Datos personales o información protegida que no haya sido previamente anonimizada o cuya divulgación no cuente con autorización expresa.

En caso de duda sobre la sensibilidad de algún dato o contenido a incluir, las personas autoras deberán consultar a la IES de adscripción, antes de proceder con la postulación de su reporte.  

          11. Se podrá interrumpir el proceso editorial y la eventual publicación de cada reporte técnico                                 propuesto, en los siguientes casos: 

  • * Recepción de escritos de carácter informativo, de divulgación, traducciones o de otra índole que no sea el especificado en estos lineamientos editoriales o en la invitación correspondiente, identificados por el equipo editorial de CTUD en la revisión técnica preliminar, debido a que esta publicación es de carácter técnico - profesional.
  • * Por encontrarse en alguna otra convocatoria o certamen durante el mismo periodo, así como todas aquellas propuestas que hayan participado o tengan vinculación con eventos o procesos académicos, entre otros. 
  • * Por no ser inédito de autoría propia o resultar en un alto porcentaje de similitudes o coincidencias, a juicio del Consejo Editorial de CTUD. 
  • * Escritos de personas autoras que envíen dos propuestas o más.
  • * Que la persona autora no remita la documentación requerida en tiempo.
  • * Que el reporte haya sido enviado por correo electrónico o por medio distinto a la plataforma OJS ubicada en https://cuadernos.tic.unam.mx

En caso de alguno de los supuestos anteriores, se devolverá el reporte registrado a la persona autora. 

 

Sobre autores individuales

Podrá participar el personal adscrito a cualquier Institución de Educación Superior que esté vigente al momento del registro de la propuesta de reporte técnico y hasta la eventual publicación del reporte, siempre y cuando no cuente con proceso editorial en curso dentro de CTUD.

Lineamientos editoriales específicos para reportes en autoría individual

  1. 1. Los reportes técnicos que se propongan deberán ser inéditos, preparados de manera individual, de autoría propia de quien lo presenta y de una extensión máxima de 2,000 palabras y un mínimo de 1,700 en el contenido principal, conforme a lo que se especifica en los lineamientos de formato.

  2. 2. En la elaboración de cada reporte técnico, se deberá emplear al menos cinco referencias académicas de otras personas autoras que hayan sido publicadas en los últimos ocho años, entre las que se encuentren: artículos de revistas, ensayos, tesis de posgrado, libros o memorias de congreso. No contarán para cumplir este requisito: guías, blogs, notas de prensa, manuales técnicos o autocitas.

  3. 3. El Equipo Editorial podrá solicitar que la institución de adscripción de la persona autora confirme su participación y/u otorgue la autorización de publicación del texto.

Sobre las personas coautoras

Los reportes técnicos propuestos en esta modalidad pueden tener un máximo de cuatro personas coautoras, que deberán estar adscritas a Instituciones de Educación Superior. Es importante resaltar que al menos uno de ellos deberá ser personal dedicado a las TIC en la IES de adscripción. Este requisito se podrá acreditar a través de la presentación de medios de identificación vigentes o bien de cartas-constancia recientes, emitidas por instancias con atribuciones para ello.

Las personas coautoras deberán contar con una contratación vigente en la IES de adscripción al momento del registro de la propuesta de reporte técnico y hasta su eventual publicación.

No podrá ser coautor una persona autora con proceso editorial en curso en CTUD.

Lineamientos editoriales específicos para reportes en coautoría 

  1. 1. Los reportes técnicos que se propongan deberán ser inéditos y contar con al menos la participación de una persona autora adscrita a una IES a la fecha que el reporte técnico sea autorizado para su publicación.

  2. 2. En la elaboración de cada reporte técnico en coautoría, se deberá emplear al menos diez referencias académicas de otras personas autoras, las cuales deberán estar citadas en el texto y haber sido publicadas en los últimos ocho años. Entre las fuentes válidas se encuentran: artículos de revistas, ensayos, tesis de posgrado, libros o memorias de congreso. No contarán para cumplir este requisito: guías, blogs, notas de prensa, manuales técnicos y autocitas.

  3. 3. La propuesta deberá alcanzar una extensión máxima de 6,000 palabras  y un mínimo de 4,000 del contenido principal del reporte, conforme a lo que se especifica en los lineamientos de formato.

Cada reporte deberá incluir un anexo donde se incluya, por cada persona autora:

-Área temática de especialidad.

-Rol dentro del proyecto.

-Descripción de la contribución de cada una de las personas autoras dentro del proyecto o servicio que se desarrolla en el reporte técnico, de acuerdo con su rol (al menos un párrafo de mínimo 100 palabras). 

Pueden incluirse en “Agradecimientos” a aquellos colaboradores en el proyecto o servicio TIC presentado en el reporte, que no cumplan los requisitos para ser coautores del trabajo.

 

Lineamientos de formato

Los reportes técnicos deberán seguir los lineamientos para su preparación y envío siguiendo la plantilla correspondiente para su conformación. Se recomienda su revisión exhaustiva, ya que contiene especificaciones para cada sección, entre ellas: 

➢ Archivos de texto en formato .doc o .docx. No se aceptarán reportes postulados solamente en formato PDF.

Extensión del contenido principal será de máximo de 2,000 palabras  con un mínimo de 1,700 para reportes individuales; y máximo 6,000 palabras  con un mínimo de 4,000 para coautorías, en formato carta, sin contar: tablas, figuras, resumen, agradecimientos, bibliografía y anexos.

➢ Título del documento expresado en un máximo de 20 palabras, sin abreviaturas. 

➢ En la plica se deberá incluir el título del documento, y por cada persona autora: nombre completo, entidad o dependencia de adscripción, correo electrónico y número ORCID. 

➢ Usar el tiempo pasado, en tercera persona, para la redacción del reporte técnico. Evitar el uso de gerundios (p. ej., “siendo”, “resultando”) y mayúsculas incorrectas (p. ej., “el Instrumento”).

➢ Las citas, gráficas, figuras y referencias deberán sujetarse a los lineamientos del Manual de Publicaciones de la American Psychological Association (APA), 7a. edición https://normas-apa.org/wp-content/uploads/Guia-Normas-APA-7ma-edicion.pdf   

➢ Toda fuente incluida en las referencias del reporte técnico deberá ser usada en el texto del manuscrito, para establecer el marco teórico del tema técnico tratado en el reporte. 

➢ Se recomienda usar figuras y tablas si son absolutamente necesarias para la comprensión del texto. En el caso de que se incluyan imágenes digitales, éstas deberán tener al menos 150 dpi de resolución. 

Se prefiere que la información que las personas autoras quieran presentar en los anexos del reporte técnico refiera a sitios web donde se puedan consultar los datos o las imágenes que se desee compartir.

Es responsabilidad de las personas autoras, que tanto la forma como el fondo del texto que propongan sea coherente, correcto, preciso e inteligible para la comunidad técnica a la que va dirigido, y que en las conclusiones se establezca claramente cuáles fueron las aportaciones de cada uno de las personas autoras

 

Instrucciones para publicación: 

  1. 1. Elaboración del texto, en apego a los lineamientos editoriales contenidos en este documento. 
  2. 2. Uso obligatorio de la plantilla vigente en cada convocatoria. 
  3. 3. Ingreso del documento en la plataforma OJS (Open Journal Systems) de la revista en las fechas mencionadas en cada convocatoria, siguiendo las instrucciones que da el sistema OJS. 
  4. 4. Cumplimentación de la ficha de registro: nombre, título, resumen, palabras clave, citas y ORCID. En caso de no tener ORCID, se puede realizar el registro en el siguiente enlace https://orcid.org/register
  5. 5. Enviar a través de la plataforma: reporte técnico (en formato .doc o .docx) y la declaración de originalidad (firmada electrónicamente por cada persona autora en un archivo PDF).

 

Proceso de revisión editorial 

  1. El Equipo Editorial de CTUD realiza una revisión preliminar del cumplimiento de los lineamientos editoriales y bases establecidas en cada invitación; también se emplean herramientas de software especializado para evaluar similitudes y coincidencias y se comprueba el uso correcto de fuentes de información. 

 

  1. Se presentan ante el Consejo Editorial de CTUD los reportes admitidos tras la revisión preliminar para que se dictamine si continuarán o no en el proceso editorial. En caso de rechazo, se hace la notificación correspondiente a la persona autora o al contacto principal.

 

  1. El fallo del Consejo Editorial tras la revisión preliminar del manuscrito será inapelable. 

 

  1. El documento es revisado por pares bajo la modalidad de arbitraje doble ciego, para definir uno de los siguientes dictámenes:  documento publicable, documento publicable con modificaciones (que genera un segundo proceso de revisión para determinar el dictamen final), documento no publicable. 

 

  1. En el caso de que uno de los revisores emita un dictamen de tipo “publicable”, y el otro emita un dictamen de tipo “no publicable”, el documento se someterá a un tercer árbitro que brindará el voto de calidad. 

 

  1. En el caso de un dictamen de tipo “publicable con modificaciones”, las observaciones de los árbitros deberán ser atendidas por las personas autoras en su totalidad y se volverá a enviar el reporte a través de la plataforma OJS, en un plazo no mayor de 4 días hábiles, a fin de dar continuidad al proceso de revisión; no se reciben documentos de forma extemporánea. 

 

El incumplimiento de este punto detendrá de inmediato el proceso de revisión.

 

  1. Las personas autoras de documentos con dictamen de tipo “publicable” recibirán la correspondiente notificación y deberán enviar a la Editorial de CTUD  lo indicado en el punto 9 de los lineamientos editoriales generales . 

 

  1. El dictamen del Consejo Editorial tras el arbitraje doble ciego será inapelable. 

 

  1. Con base en la dictaminación del Consejo Editorial, CTUD se reserva el derecho a determinar en qué número será publicado el reporte técnico que concluya el proceso editorial, siempre y cuando cumpla a cabalidad con los lineamientos editoriales aplicables al manuscrito. 

 

  1. Cualquier asunto no previsto en estos lineamientos será resuelto por el Consejo Editorial de CTUD; de ser necesario, se solicitará la intervención del Comité Editorial de la DGTIC.

 

Es importante considerar que Cuadernos Técnicos Universitarios de la DGTIC:

  1. Conserva en todo momento el anonimato de autores y árbitros (método del doble ciego).
  2. Cuenta con dictaminadores compuestos por una amplia gama de especialistas en el campo de tecnologías e información.
  3. No se compromete a publicar todas las colaboraciones recibidas.
  4. Ofrece únicamente reconocimiento honorífico.