El proceso de revisión editorial seguirá las siguientes fases:

  1. El Equipo Editorial de CTUD realiza una revisión técnica preliminar del cumplimiento de los lineamientos editoriales y bases establecidas en la invitación de fecha 30 de octubre de 2024; también se emplean herramientas de software especializado para evaluar similitudes y coincidencias y comprobar el uso correcto de fuentes de información.
  1. Se presentan ante el Comité Editorial de la DGTIC los reportes aprobados tras la revisión técnica preliminar, para que se dictamine si continuarán o no en el proceso editorial. En caso de rechazo, se hace la notificación correspondiente al/la autor/a o al contacto principal.
  1. El fallo del Comité Editorial tras la revisión técnica del manuscrito será inapelable.
  1. El documento es revisado por pares bajo la modalidad de arbitraje doble ciego, para acreditar uno de los siguientes dictámenes:
    a)Documento publicable
    b)Documento publicable con modificaciones (que genera un segundo proceso de revisión para determinar el dictamen final)
    c)Documento no publicable
  1. En el caso de que uno de los revisores emita un dictamen de tipo “publicable”, y el otro emita un dictamen de tipo “no publicable”, el documento se someterá a un tercer árbitro, que ostentará el voto de calidad.
  1. En el caso de un dictamen de tipo “publicable con modificaciones”, las observaciones de los árbitros deberán ser atendidas por los/as autores/as en su totalidad y cargadas en la plataforma OJS, en un plazo no mayor de 3 días hábiles, a fin de dar continuidad al proceso de revisión; no se reciben documentos de forma extemporánea.

El incumplimiento de este punto detendrá automáticamente el proceso de revisión.

  1. Los/as autores/as de documentos con dictamen de tipo “publicable” recibirán la correspondiente notificación junto a un formato de carta de transmisión de derechos que deberán cumplimentar y enviar junto con la copia de su identificación oficial emitida por el Instituto Nacional Electoral.
  1. El dictamen del Comité Editorial tras el arbitraje doble ciego será inapelable.
  1. Con base en la dictaminación del Comité Editorial de la DGTIC, CTUD se reserva el derecho a determinar en qué número será publicado el reporte técnico que concluya el proceso editorial, siempre y cuando cumpla a cabalidad con los lineamientos editoriales aplicables al manuscrito.

10. Cualquier asunto no previsto en estos lineamientos será resuelto por el Comité Editorial de la DGTIC.

 

 

Es importante considerar que “Cuadernos Técnicos Universitarios de la DGTIC”:

  1. Conserva en todo momento el anonimato de autores y árbitros (método del doble ciego).
  2. Cuenta con dictaminadores compuestos por una amplia gama de especialistas en el campo de tecnologías e información.
  3. Establece como tiempo máximo para ofrecer un reporte de dictaminación dos meses a partir de la fecha en que es aceptado por el Comité de Editorial de la DGTIC.
  4. No se compromete a publicar todas las colaboraciones recibidas.
  5. Ofrece únicamente reconocimiento honorífico. 

Si se sospecha sobre la originalidad del material, el Comité Editorial de la DGTIC podrá comprobar si hay similitudes en el texto, usando herramientas provistas por la institución. En los casos en que se verifique, el marito será devuelto sin evaluación y sin posibilidad de re-enviarlo.

Autoplagio (el uso de frases idénticas a partir de trabajos publicados anteriormente por el mismo autor) tampoco es aceptable y será controlado por el Comité Editorial (Código de ética de la DGTIC).

Si se reproduce en el escrito material con derechos de autor, su atribución plena debe ser proporcionada en el texto y enviar la prueba de permiso al Comité Editorial de la DGTIC, siendo esto responsabilidad de los autores.